
La ley busca mejorar y transparentar la oferta.
La Secretara de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo estableci el reglamento para realizar las inspecciones para el seguimiento y control de cumplimiento de la Ley de Gndolas, y otras condiciones que tendrn que cumplir las cadenas de supermercados.
As lo hizo a travs de la Resolucin 190/2021 publicada este viernes en el Boletn Oficial, en la que la Secretara record que la Ley de Gndolas “tiene como objetivo brindar a las y los consumidores una mayor oferta en las grandes cadenas de supermercados y posibilitar un trato equitativo con las micro y pequeas empresas, cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar”.
En este sentido, el reglamento de inspecciones detallado en la resolucin establece que los inspectores que realicen los controles debern utilizar cintas mtricas aprobadas por el rea de Metrologa Legal de la Secretara, y estipula que la comunicacin de todo lo concerniente a la ley ser por va remota mediante el Sistema de Trmites a Distancia (TAD).
Adems, determina que los productos deben estar agrupados en las gndolas de conformidad con las 65 categoras previamente fijadas por Comercio Interior.
Esto permitir, por un lado, que el consumidor pueda comparar fcilmente los productos, y por el otro, facilitar las inspecciones y as controlar el cumplimiento de la ley.
Se deber contar con al menos cinco proveedores distintos por cada categora de productos y que ninguno supere el 30% del espacio de exhibicin en gndolas.”
Por otra parte, la resolucin establece que las cadenas de supermercados alcanzadas debern remitir dentro de los prximos 30 das hbiles una declaracin jurada que contenga el plano con la disposicin de los productos, la indicacin de todos los bienes que estn dados de alta para la venta, agrupados por categora, y con indicacin de su empresa proveedora.
En caso de no contar al menos con cinco oferentes distintos por cada categora, debern informar el por qu.
Respecto de los inspectores, debern acreditarse y presentarse en los locales de venta durante el horario de atencin al pblico, y el responsable del establecimiento deber facilitarles el acceso a todas las reas de exhibicin que existan para controlar el cumplimiento de la ley.
La Ley de Gndolas fija que se deber contar con al menos cinco proveedores distintos por cada categora de productos y que ninguno supere el 30% del espacio de exhibicin en gndolas; que por cada categora exista al menos un 25% de espacio de exhibicin en gndolas para micro y pequeas empresas.
Tambin, determina que por cada categora exista al menos un 5% de espacio de exhibicin en gndolas para empresas de agricultura familiar, campesina, indgena y sectores de la economa popular.
Adems, prescribe que los productos de menor precio de cada categora debern exhibirse a una altura media para una rpida identificacin por los consumidores; en tanto, en los exhibidores que estn al lado de las cajas del supermercado, la mitad del espacio de exhibicin para la venta tiene que destinarse a micro y pequeas empresas, mutuales y cooperativas.
Inicialmente, Comercio Interior realizar un monitoreo de la implementacin de la norma formulando las advertencias correspondientes a las cadenas de supermercados obligadas; luego, si la situacin lo amerita, se podrn aplicar sanciones.