
Se transparentar el proceso de vacunacin
La ministra de Salud, Carla Vizzotti, firm la resolucin que reglamenta el sistema para transparentar el proceso de vacunacin a personal estratgico en los tres mbitos del Estado, informaron a Tlam fuentes oficiales.
De acuerdo con el procedimiento, se crear un observatorio para monitorear el cumplimiento y emitir recomendaciones. Se convocar para su integracin a organismos externos de relevancia sanitaria y/o acadmica.
Asimismo, las personas consideradas personal estratgico debern especificar los alcances de su funcin, el grado de exposicin y el riesgo que implica su desempeo.
Las funciones ejercidas por los tomadores de decisin, en su calidad de personal estratgico, «deben ser relevantes para garantizar el adecuado funcionamiento del Estado», segn establece la resolucin.
La norma define como personal estratgico a las «personas que desarrollen funciones de gestin necesarias y relevantes para el adecuado funcionamiento del Poder Ejecutivo que acrediten el rol estratgico de su funcin, independientemente de la edad y la condicin de salud; y realicen tareas presenciales que impliquen riesgo aumentado de exposicin».
La resolucin determina que «debern pedir autorizacin por el sistema informtico de la administracin pblica a la cartera de Salud para acceder a la vacuna»”
Tambin a los y las «representantes del Estado argentino en organismos internacionales y los funcionarios jerrquicos y funcionarias jerrquicas que se desempeen en los mismos que realicen tareas presenciales que impliquen riesgo aumentado de exposicin».
Asimismo, comprende a las «personas que realicen viajes afuera del pas como miembros de delegaciones oficiales encabezadas por integrantes de los Poderes del Estado Nacional; o personas que deban recibir, en nombre de estos poderes, comitivas oficiales que provengan del exterior en representacin de otros Estados o de organismos internacionales.
La resolucin determina que «debern pedir autorizacin por el sistema informtico de la administracin pblica a la cartera de Salud para acceder a la vacuna» y que «ser el Ministerio de Salud la autoridad que autorizar o rechazar la solicitud».
En ese marco, tambin «debern completar un formulario donde autorizan la difusin de sus datos en un registro pblico para poner a disposicin de los y las argentinas los datos sobre las personas que desarrollen funciones de gestin y/o conduccin necesarias para el adecuado funcionamiento del Estado, que sean vacunados».
El Ministerio de Salud de la Nacin podr «difundir a travs de los medios de comunicacin y/o a poner a disposicin de los y las ciudadanas que as lo soliciten, la informacin sobre quienes recibieron la vacuna”
Por otra parte, se regula que «se deben vacunar en establecimientos autorizados» y la vacunacin «se notificar en el Registro Federal de Vacunacin Nominal», as como tambin «se constituir un listado pblico que se actualizar de manera peridica».
De acuerdo a lo consignado por las fuentes, el Ministerio de Salud de la Nacin podr «difundir a travs de los medios de comunicacin y/o a poner a disposicin de los y las ciudadanas que as lo soliciten, la informacin sobre quienes recibieron la vacuna contra la Covid-19, detallando: Nombre y apellido, fecha de nacimiento, DNI, cargo/funcin, reparticin, vacuna recibida, nmero de dosis, fecha de aplicacin, lugar de vacunacin».
La norma de la cartera de Salud invita a «todas las jurisdicciones provinciales y a la Ciudad Autnoma de Buenos Aires a realizar un protocolo para la solicitud de anuencia para vacunacin Covid19, aplicable en el mbito de su jurisdiccin».