El Gobierno de Estados Unidos dio a conocer oficialmente el texto del memorando de entendimiento alcanzado con Irán durante el fin de semana, un documento de 14 puntos que establece las bases para poner fin a las hostilidades entre ambos países y avanzar hacia un acuerdo definitivo en los próximos 60 días.

Uno de los aspectos más destacados del entendimiento es el compromiso asumido por Washington, junto a sus socios regionales, de elaborar un plan de reconstrucción y desarrollo económico para Irán con un presupuesto mínimo de 300.000 millones de dólares. Según el texto, los mecanismos de implementación deberán definirse durante las negociaciones que se desarrollarán en los próximos dos meses.
El documento fue difundido luego de cuestionamientos por la falta de transparencia sobre su contenido. Funcionarios estadounidenses señalaron que el memorando busca restablecer la estabilidad en la región, reabrir las rutas marítimas estratégicas y encauzar una solución diplomática a las diferencias vinculadas al programa nuclear iraní.
Los principales puntos del acuerdo
Entre las disposiciones más relevantes se encuentra el cese inmediato y permanente de las operaciones militares entre Estados Unidos e Irán, incluyendo los distintos frentes vinculados al conflicto regional. Ambas partes se comprometen además a no iniciar nuevas acciones bélicas ni recurrir a amenazas o al uso de la fuerza.
El memorando también establece el respeto mutuo a la soberanía e integridad territorial de ambos países, así como el compromiso de no intervenir en asuntos internos.
Otro punto clave es la reapertura progresiva del estrecho de Ormuz, una de las rutas marítimas más importantes para el comercio mundial de petróleo. Estados Unidos se comprometió a levantar el bloqueo naval y retirar fuerzas militares de las proximidades de Irán, mientras que Teherán garantizará la libre y segura circulación de buques comerciales.
En materia económica, además del plan de reconstrucción por 300.000 millones de dólares, Washington se comprometió a avanzar hacia el levantamiento gradual de las sanciones impuestas a Irán, incluyendo restricciones financieras, comerciales y energéticas. También se prevé la liberación de fondos y activos iraníes que permanecen congelados o restringidos.
Como medida inmediata, el Departamento del Tesoro estadounidense otorgará exenciones para facilitar la exportación de petróleo iraní y las operaciones bancarias, de seguros y transporte asociadas a ese comercio.
El capítulo nuclear
Respecto del programa nuclear iraní, Teherán reafirmó que no desarrollará ni adquirirá armas nucleares. Ambas partes acordaron negociar un mecanismo para la disposición y supervisión del material enriquecido existente, bajo control del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA).
Mientras continúen las negociaciones, Irán mantendrá sin cambios su programa nuclear actual y Estados Unidos se abstendrá de imponer nuevas sanciones o desplegar fuerzas militares adicionales en la región.
Hacia un acuerdo definitivo
El memorando contempla la creación de un mecanismo conjunto de supervisión para garantizar el cumplimiento de los compromisos asumidos y establece un plazo inicial de 60 días para negociar el acuerdo final.
De concretarse, el entendimiento definitivo será ratificado mediante una resolución vinculante del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, otorgándole carácter internacional y obligatorio para ambas partes.
La firma formal del memorando está prevista para los próximos días y marcará el inicio de una nueva etapa de negociaciones entre Washington y Teherán, con el objetivo de consolidar un acuerdo permanente que ponga fin a décadas de tensiones y enfrentamientos.
Estados Unidos y la República Islámica de Irán acordaron conjuntamente de buena fe lo siguiente:
- Estados Unidos y la República Islámica de Irán, junto con sus aliados en la guerra actual, firman este Memorando de Entendimiento para declarar la terminación inmediata y permanente de las operaciones militares en todos los frentes, incluyendo el Líbano, y se comprometen a partir de ahora a no iniciar ninguna guerra ni operación militar entre sí, a abstenerse de amenazar o usar la fuerza mutuamente y a garantizar la integridad territorial y la soberanía del Líbano. El acuerdo final confirmará la terminación permanente de la guerra en todos los frentes, incluyendo el Líbano, y demás disposiciones de este párrafo.
- Estados Unidos y la República Islámica de Irán se comprometen a respetar la soberanía e integridad territorial del otro y a abstenerse de interferir en los asuntos internos del otro.
- Estados Unidos y la República Islámica de Irán se comprometen a negociar y alcanzar el acuerdo final en un plazo máximo de 60 días, prorrogable por mutuo acuerdo.
- Inmediatamente después de la firma de este Memorando de Entendimiento, Estados Unidos comenzará a levantar el bloqueo naval y cualquier obstáculo o perturbación contra la República Islámica de Irán, y lo pondrá fin por completo en un plazo de 30 días. Durante este período, el tráfico marítimo se restablecerá en proporción al tráfico previo a la guerra en la República Islámica de Irán. Estados Unidos se compromete además a retirar sus fuerzas de las proximidades de la República Islámica de Irán en un plazo de 30 días tras la firma del acuerdo final.
- Tras la firma de este Memorando de Entendimiento, la República Islámica de Irán hará todo lo posible para garantizar el paso seguro y gratuito de buques comerciales durante 60 días, desde el Golfo Pérsico hasta el mar de Omán y viceversa. El tráfico de buques comerciales comenzará de inmediato y, considerando la necesidad de eliminar los obstáculos técnicos y militares y realizar el desminado por parte de la República Islámica de Irán, se implementará en un plazo de 30 días. La República Islámica de Irán dialogará con el Sultanato de Omán para definir la futura administración y los servicios marítimos en el estrecho de Ormuz, en consulta con otros Estados ribereños del Golfo Pérsico, en conformidad con el derecho internacional aplicable y los derechos soberanos de los Estados ribereños del estrecho de Ormuz.
- Estados Unidos se compromete, junto con sus socios regionales, a elaborar un plan definitivo y consensuado, con un presupuesto mínimo de US$ 300.000 millones, para la reconstrucción y el desarrollo económico de la República Islámica de Irán. El mecanismo para la implementación de este plan se definirá como parte de un acuerdo final en un plazo de 60 días. Estados Unidos otorgará todas las licencias, exenciones y permisos necesarios para las transacciones financieras pertinentes.
- Estados Unidos se compromete a poner fin a todo tipo de sanciones contra la República Islámica de Irán, incluidas las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, resoluciones de la Junta de Gobernadores del OIEA, todas las sanciones unilaterales estadounidenses, primarias y secundarias, según un calendario acordado como parte del acuerdo final.
- La República Islámica de Irán y Estados Unidos reconocen la importancia crucial del tema del levantamiento de las sanciones antes mencionado y expresaron su intención de abordar de inmediato estas cuestiones en las negociaciones para lograr un acuerdo mutuo al respecto. La República Islámica de Irán reafirma que no adquirirá ni desarrollará armas nucleares. Estados Unidos y la República Islámica de Irán han acordado resolver la disposición de su arsenal de material enriquecido mediante un mecanismo que se acordará mutuamente, en conformidad con el calendario mencionado en el párrafo siete, con la metodología mínima de desnaturalización in situ bajo la supervisión del OIEA. Ambas partes también acordaron debatir la cuestión del enriquecimiento y otros asuntos mutuamente acordados relacionados con las necesidades nucleares de la República Islámica de Irán, sobre la base de un marco satisfactorio que se acordará en el acuerdo final. El acuerdo final confirmará las disposiciones de este párrafo y la República Islámica de Irán reconoce la importancia crucial de las cuestiones nucleares por encima de las misiones. Expresan su intención de abordar de inmediato estas cuestiones en las negociaciones para lograr un acuerdo mutuo al respecto.
- A la espera del acuerdo final, Estados Unidos y la República Islámica de Irán acuerdan mantener el statu quo. La República Islámica de Irán mantendrá el statu quo actual de su programa nuclear, y Estados Unidos no impondrá nuevas sanciones ni desplegará fuerzas adicionales en la región.
- Estados Unidos se compromete a que, inmediatamente después de la firma de este Memorando de Entendimiento y hasta la finalización de las sanciones, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitirá exenciones para la exportación de petróleo crudo iraní, productos derivados del petróleo y todos los servicios asociados, incluidas las transacciones bancarias, los seguros, el transporte, etc.
- Estados Unidos se compromete a poner a disposición los fondos y activos congelados o restringidos de la República Islámica de Irán una vez implementado este Memorando de Entendimiento. Estados Unidos y la República Islámica de Irán acordarán mutuamente los procedimientos para la liberación de estos fondos durante las negociaciones. Dichos fondos, ya sea mediante la obtención de la cuenta original o mediante transferencia, se pondrán a disposición para el pago a cualquier beneficiario final designado por el Banco Central de la República Islámica de Irán. Estados Unidos se compromete a emitir todas las licencias y autorizaciones necesarias.
- Estados Unidos y la República Islámica de Irán acuerdan que se establecerá un mecanismo ejecutivo para supervisar la correcta aplicación de este Memorando de Entendimiento y el cumplimiento futuro del acuerdo final.
- Después de la firma de este Memorando de Entendimiento, y sujeto al inicio de la implementación de los párrafos 1, 4, 5, 10 y 11 de este Memorando de Entendimiento, y la implementación continua de estas medidas, Estados Unidos y la República Islámica de Irán comenzarán negociaciones sobre el acuerdo final exclusivamente sobre los demás párrafos.
- El acuerdo final será ratificado mediante una resolución vinculante del Consejo de Seguridad de la ONU.
